CUANDO LA NORMA PIERDE SU TELEOLOGÍA

 

Del original de Lic. Jacobo Mendoza, publicado en Revista Alternativa Logos, Edición 3 Octubre 2019

 

La cultura del mal tiene muchos tentáculos, y uno de ellos es el que se disfraza de legalidad; es decir, cuando lo malo se plasma en una ley o en un sistema normativo. ¿En qué consiste esta manifestación del mal? Básicamente consiste en legitimar lo malo, lo negativo y lo contrario al valor de la justicia. Cuando esto pasa, se dice que la norma ha perdido su teleología, porque no cumple su finalidad última, que es crear un orden jurídico donde impere la justicia y se destierre la ley del más fuerte.

 

Existen tres formas como las cuales una norma o sistema normativo puede perder su teleología y hoy las conoceremos:

Creación de normas injustas

El profeta Isaías exclama: “¡Ay de los que dictan leyes injustas y prescriben tiranía…!” (Isaías 10:1).

La injusticia no deja de ser injusticia, aunque esté legitimada por las normas positivas. En efecto, no se puede aceptar el despojo de los débiles, ni el genocidio, ni la discriminación, tan solo porque las leyes lo permiten.

Puede estar legalizado pero es humanamente injusto entre los hombres.

Interpretación letrista o literal

Ocurre cuando se interpreta la norma, sin tomar en cuenta lo que técnicamente se conoce como el espíritu de la ley o la teleología de la norma.

Un caso emblemático de esta hipótesis lo encontramos en Marcos 2:27 donde Jesús expresa la famosa frase: “El día de reposo fue hecho por causa del hombre, y no el hombre por causa del día de reposo.”

La norma sobre el día del reposo tiene como finalidad última proteger al ser humano en sus derechos más fundamentales, y no se puede perder de vista ese objetivo al interpretarla.

Criterios contrarios a los valores

Se evidencia cuando se crean criterios de interpretación de las normas que contravienen los valores protegidos por las mismas normas.

En algunos sistemas jurídicos, como el de los Estados Unidos, a estos criterios se les da el nombre de precedentes; y en otros, como el mexicano, se les llama jurisprudencia.

En la Biblia, según el evangelio de San Mateo, se les llama tradiciones. (Mateo 15:6).

Pero, como se advierte, no entendida la palabra tradición como costumbre popular arraigada en una comunidad, sino como criterios legales creados por los doctores de la ley, que se aplicaban en la vida diaria de la sociedad judía del tiempo de Jesús.

 

Observemos como la norma contenida en Éxodo 20:12 “Honra a tu padre y a tu madre.” Teleológicamente entre otras cosas, busca proteger el derecho de los padres a recibir alimento de los hijos.

Sin embargo, los doctores de la ley establecieron una forma alterna de cumplir ese mandamiento, que consistía en consagrar (mediante declaración solemne) sus bienes como ofrenda a Dios. (Korbán).

Tal aplicación hacía que los bienes consagrados dejan de ser propiedad de quien los consagraba, para ser de Dios; aunque el oferente conservara la posesión de ellos.

La norma era legal, porque así lo establecía la jurisprudencia rabínica; pero no era justa, porque se había perdido el fin para el que se había establecido dicho mandamiento, que era asegurar el derecho de los padres a ser alimentados por sus hijos.

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